Las empresas que realicen actividades
de instalación o mantenimiento de equipos o sistemas
de telecomunicación, deberán inscribirse en el
Registro de Instaladores de Telecomunicación, de
carácter público y de ámbito nacional, creado en la
Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la
Sociedad de la Información.
La solicitud se realiza para la
Inscripción en el Registro de Empresas Instaladoras
de Telecomunicación. En virtud de lo dispuesto en el
Reglamento aprobado por el Real Decreto 401/2003 de
4 de abril solo se van a inscribir empresas, bien
sea una persona física o una persona jurídica. Por
tanto, no procede hablar de carnet de instalador u
otras expresiones similares.
La inscripción en el registro no solo
afecta a las empresas que se dedican a realizar las
instalaciones nuevas de telecomunicación, si no que
también afecta a las empresas que se dedican a
realizar tareas de mantenimiento de instalaciones de
telecomunicación. |